
Si ha sufrido una pérdida de capacidad laboral debido a una enfermedad o accidente, estamos aquí para ayudarle. Nuestra firma, cuenta con apoyo de médicos especialistas en medicina laboral, lo que nos permite un diagnóstico más acertado y profesional que sirve de base para el trámite de recursos y demandas en las que este en juego su porcentaje de pérdida de capacidad laboral o invalidez. Nos encargamos de todas las reclamaciones en vía administrativa y judicial, de forma que si se siente identificado con alguno de estos asuntos, no dude en contactarnos:
- Presentación de recursos ante Fondo de Pensiones, ARL, EPS, juntas regionales y junta nacional
- Cobros de incapacidades – acción de tutela.
- Indemnizaciones por enfermedad o accidente de origen laboral o común -revisión de su liquidación.
- Pensión de invalidez por enfermedades catastróficas: VIH-sida, cáncer.
- Pensión de invalidez por enfermedades crónicas, degenerativas o congénitas: Enfermedades mentales, esquizofrenia, epilepsia, insuficiencia renal, diabetes, enfermedades cardíacas y del sistema respiratorio, enfermedades de nacimiento, patologías invalidantes adquiridas en las primeras etapas de la vida, trastornos de la personalidad etc.
- Pensión de invalidez con:
- 300 semanas
- 150 semanas
- 50 semanas
- 26 semanas
- 500 semanas
- 1000 semanas
- El 75% de las semanas requeridas para pensión de vejez, 975 semanas
- Pensiones de invalidez bajo el amparo de principios tales como: Condición más beneficiosa, Principio de progresividad, Principio pro homine, Sostenibilidad financiera – Ahorro suficiente
